Novedades de la Corte

Acuerdo del 9 de abril de 2026

Los 11 fallos sustantivos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación firmó ese día, con su resumen. Excluimos inadmisibles, remisiones, honorarios, etc.

  1. Laboral y PrevisionalPrevisional

    YLLESCAS VARELA, JUAN CARLOS c/ MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

    CSS 081662/2015/CS001Viene de: Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala III
    • Declara inoficioso pronunciarse sobre la cuestión de fondo e inadmisible el recurso respecto de las costas

    El actor promovió un amparo para obtener una pensión no contributiva por invalidez y cuestionó por discriminatorio el requisito reglamentario que exigía a extranjeros veinte años de residencia continua. La cámara confirmó el rechazo: sostuvo que la igualdad permite diferenciar situaciones y observó que tampoco se había acreditado el cumplimiento de otro requisito, relativo a la inexistencia de parientes obligados a prestar alimentos. Ya durante el proceso, el actor se naturalizó argentino y comenzó a percibir la pensión. La Corte consideró que esos hechos eliminaron el conflicto actual, por lo que declaró inoficioso decidir sobre la cuestión de fondo, sin pronunciarse sobre la constitucionalidad del requisito. Declaró inadmisible el recurso respecto de las costas; esa inadmisión no confirmó el criterio de la cámara sobre ese punto.

  2. Laboral y PrevisionalLaboral

    Recurso Queja Nº 1 - GARNICA, CARLOS ALFREDO c/ CASA DE MONEDA SOC. DEL ESTADO s/MEDIDA CAUTELAR

    CNT 002252/2018/1/RH001Viene de: Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
    • Declara inoficioso un pronunciamiento en la queja

    La empresa demandada recurrió la decisión cautelar que había ordenado reinstalar al trabajador en su puesto, tras alegarse que el despido era discriminatorio. La Corte señaló que sus pronunciamientos deben referirse a conflictos actuales y que no corresponde resolver cuestiones abstractas. En este caso, el trabajador inició después un juicio sumarísimo para obtener la nulidad del despido y consiguió una sentencia definitiva favorable; la empresa también impugnó esa sentencia, en un trámite distinto que seguía ante la Corte. Por ello, consideró abstracta la controversia sobre la medida cautelar y declaró inoficioso pronunciarse sobre la queja. Ordenó reintegrar el depósito y devolver las actuaciones para su archivo.

  3. Laboral y PrevisionalPrevisional

    BARTIZZAGHI, DANILO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

    FRO 018998/2021/CS001Viene de: Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, Sala B
    • Aclara el pronunciamiento y deja sin efecto la remisión ordenada; dispone que oportunamente se resuelva el recurso extraordinario de la parte actora.

    La Corte había resuelto el recurso extraordinario de la ANSES: revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, siguiendo un precedente, y ordenó devolver el expediente. El actor pidió aclaratoria porque seguía pendiente su propio recurso extraordinario, referido a la constitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.541, concedido por la Cámara. La Corte reconoció que, por un error material involuntario, había dispuesto la devolución sin resolver ese recurso. Por ello, dejó sin efecto la remisión del expediente y ordenó que las actuaciones continúen para que el recurso del actor sea resuelto oportunamente. La decisión no determina la constitucionalidad cuestionada por el actor ni altera lo resuelto sobre el recurso de la ANSES.

  4. Laboral y PrevisionalPrevisional

    Recurso Queja Nº 2 - CALABRO EDGARDO ROBERTO c/ CAJA RET. JUB. Y PENS. DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

    CSS 008551/2005/2/RH002Viene de: Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II
    • Declara procedentes la queja y el recurso extraordinario y revoca la sentencia apelada

    Un policía retirado obligatoriamente con menos de veinte años de servicio reclamó un haber de pasividad. La Cámara hizo lugar porque entendió que debía computarse el tiempo hasta que, casi dos años después, el retiro fue convertido en cesantía; la Caja impugnó esa interpretación y sostuvo que la antigüedad debía fijarse al retiro. La Corte consideró que la ley federal distingue retiro y baja por cesantía: los años se computan hasta la resolución de retiro, según la norma específica, y el período de servicio pasivo previo a la cesantía no suma para ese cálculo. Como el actor no alcanzaba los veinte años al retirarse, no tenía derecho al beneficio bajo la disposición aplicable. Admitió la queja y el recurso extraordinario, revocó el fallo de Cámara y ordenó dictar uno nuevo conforme a ese criterio.