Novedades de la Corte

Acuerdo del 14 de mayo de 2026

Los 12 fallos sustantivos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación firmó ese día, con su resumen. Excluimos inadmisibles, remisiones, honorarios, etc.

  1. Tributario y BancarioTributario - Bancario

    Recurso Queja Nº 1 - PUNTA IGLESIA SA c/ AFIP DGI s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

    FMP 041049213/2010/1/RH001Viene de: Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata
    • Admite la queja, declara procedente el recurso extraordinario, revoca la sentencia apelada y rechaza la demanda

    La AFIP determinó de oficio el impuesto a la ganancia mínima presunta de una empresa por el ejercicio 2002 y aplicó una multa. Los tribunales inferiores dejaron sin efecto esa determinación, al considerar que una medida cautelar impedía exigir la deuda y que la vía contenciosa era procedente. La AFIP cuestionó tanto esa vía —sosteniendo que correspondía seguir el régimen recursivo de la ley 11.683— como la interpretación de la cautelar. La Corte acogió el primer planteo: siguiendo un precedente, sostuvo que la ley tributaria establece medios específicos para impugnar determinaciones y excluye la vía de la ley 19.549. Declaró admisible la queja, hizo lugar al recurso extraordinario, revocó la sentencia y rechazó la demanda, con costas. El dictamen fiscal incluido propuso otro fundamento y devolver el caso, pero no fue el criterio adoptado.

  2. Laboral y PrevisionalLaboral

    Recurso Queja Nº 1 - HEREDIA, GONZALO EMANUEL (24609) c/ YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO s/DESPIDO

    CNT 026082/2017/1/RH001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala X
    • Hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y deja sin efecto la sentencia apelada

    El trabajador reclamó indemnizaciones por despido; la Cámara laboral reconoció la competencia del fuero y admitió la demanda al considerar probada una relación laboral dependiente, pese a la contratación inicial mediante una universidad y a la posterior revocación de su designación. YCRT sostuvo que la relación estaba sujeta a normas de empleo público y que la desvinculación derivó de actos administrativos dictados conforme al decreto 254/2015; también cuestionó la competencia y el cálculo de intereses. La Corte no resolvió esas cuestiones de fondo: siguiendo el dictamen fiscal, consideró que la Cámara había omitido analizar normas y circunstancias administrativas relevantes, por lo que dejó sin efecto su sentencia y ordenó dictar otra. Admitió la queja y el recurso extraordinario, con costas por su orden.

  3. AdministrativoAdministrativo

    Recurso Queja Nº 1 - RINCON BRAVO, GERARDO c/ ESTADO NACIONAL - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES s/RECURSO DIRECTO A JUZGADO

    FCB 042923/2022/1/RH001Viene de: Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Sala A
    • Declara la nulidad de las actuaciones realizadas sin la participación de la Dirección Nacional de Migraciones y devuelve los autos al tribunal de origen

    Migraciones declaró irregular la permanencia de un ciudadano colombiano, ordenó su expulsión y le prohibió reingresar por diez años, debido a una condena penal. La cámara consideró extemporáneo el recurso administrativo y, al entender que el acto había quedado firme, rechazó la revisión judicial. El migrante recurrió ante la Corte. Sin resolver esa controversia de fondo, la Corte advirtió que Migraciones, demandada y autora de los actos impugnados, no había participado en el trámite judicial. Consideró que esa omisión afectó su derecho de defensa y el debido proceso, y que imponía anular las actuaciones. Declaró la nulidad de lo actuado sin participación del organismo y devolvió el expediente al tribunal de origen para que le dé el trámite legal correspondiente.

  4. AdministrativoAdministrativo

    Recurso Queja Nº 3 - ARRATE, JUAN PABLO c/ EN-M DEFENSA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

    CAF 046479/2013/3/RH001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala IV
    • Deja sin efecto la resolución denegatoria del recurso extraordinario y remite las actuaciones para que se cumpla el traslado y se resuelva sobre la procedencia de la apelación extraordinaria

    La Cámara denegó el recurso extraordinario del Estado Nacional sin notificar antes la resolución impugnada al codemandado M.R. ni darle el traslado previsto para que contestara el recurso. La Defensora General pidió que se corrigiera esa omisión. La Corte consideró que la notificación de las etapas fundamentales del proceso y el traslado del remedio federal son necesarios para que los interesados puedan ejercer plenamente su defensa, conforme al debido proceso. Por ello, dejó sin efecto la denegación y devolvió las actuaciones para cumplir esos actos y, luego, resolver si corresponde conceder la apelación extraordinaria. La Corte no decidió sobre el fondo del litigio ni sobre la procedencia del recurso; ordenó que esa cuestión se examine después de subsanar la falta de notificación.

  5. PenalPenal

    Recurso Queja Nº 1 - Incidente Nº 2 - MONFORTE, JORGE ALBERTO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

    CCC 041700/2020/TO01/2/1/RH002Viene de: Sala de Turno de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional
    • Desestima la presentación directa

    La fiscalía acusó a un psiquiatra de homicidio imprudente por no adoptar medidas suficientes ante la descompensación de un paciente que había dejado su medicación y luego mató a un policía. Tras la absolución, Casación declaró inadmisible el recurso fiscal por entender que discutía hechos y pruebas sin demostrar arbitrariedad. El fiscal sostuvo que sí había planteado una omisión jurídica concreta: advertir del riesgo y promover la internación involuntaria, y que Casación debía revisar la absolución. La Procuración respaldó esa postura y consideró que se había restringido indebidamente la revisión. Sin embargo, la mayoría de la Corte rechazó la queja por inadmisibilidad conforme al artículo 280, sin confirmar el acierto de la absolución. En disidencia, Rosatti y Robig lio habrían acogido la queja, dejado sin efecto la decisión y ordenado un nuevo pronunciamiento.

  6. AdministrativoAdministrativo

    GUTIERREZ, OSCAR ARIEL Y OTROS c/ MUNICIPALIDAD DE CORDOBA s/ORDINARIO-DAÑOS Y PERJUICIOS

    CSJ 002590/2025/RH001
    • Desestima el planteo de reposición.

    En el trámite extraordinario de un reclamo de daños contra la Municipalidad de Córdoba, la Corte había declarado caduca la instancia porque los actores no informaron, pese a un requerimiento, si estaba firme la sentencia que les otorgó el beneficio de litigar sin gastos. Los actores pidieron la revocación y alegaron que la queja seguía pendiente, por lo que el impulso correspondía al Tribunal, además de invocar el criterio restrictivo para declarar la caducidad. La Corte rechazó el planteo: sostuvo que la carga de informar recaía sobre los recurrentes y que la causa no estaba lista para sentencia ni dependía de actividad judicial. Consideró manifiesta su falta de diligencia tras más de tres meses sin cumplir la carga ni impulsar el expediente, y mantuvo la caducidad de la instancia extraordinaria.

  7. AdministrativoAdministrativo

    Guerrero Castillo, Cecilia Beatriz c/ Municipalidad de Pichanal s/Contencioso- Daños y perjuicios

    CSJ 002492/2024/RH001
    • Desestima el planteo de revocatoria y mantiene lo resuelto sobre la caducidad de la instancia extraordinaria.

    En el trámite de un recurso de hecho, la Corte requirió reiteradamente a la recurrente que informara si estaba firme la sentencia que le había concedido el beneficio de litigar sin gastos. La parte presentó copias de esa decisión y de su notificación, pero no respondió expresamente la pregunta; luego dejó transcurrir el plazo procesal sin cumplir el requerimiento ni impulsar el expediente. La Corte declaró caduca la instancia extraordinaria. Frente a esa decisión, la recurrente pidió revocatoria y sostuvo que las constancias aportadas satisfacían la intimación; recién entonces afirmó que el beneficio estaba firme. El Tribunal rechazó el planteo: consideró claro y no cuestionado el requerimiento, y entendió que la inactividad dentro del plazo legal justificaba mantener la caducidad. No examinó el fondo del litigio por daños.

  8. PenalPenal

    Recurso Queja Nº 1 - Incidente Nº 1 - DIAZ , BIBIANA Y OTROS s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

    CCC 051244/2022/1/1/1/RH002Viene de: Sala de Turno de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional
    • Desestima el recurso de queja

    El recurrente pidió la excusación y recusación de ministros de la Corte, invocando, entre otros motivos, un pedido de juicio político y una denuncia penal contra ellos. El Tribunal declaró abstractos los planteos relativos a un ministro que había renunciado; consideró que las excusaciones no tenían fundamento y rechazó las recusaciones. La decisión mayoritaria sostuvo que la denuncia penal no fue articulada fundadamente ni encuadraba en las causales legales; el vicepresidente agregó que, al presentarse después de iniciado el pleito, no configuraba la causal invocada. La Corte no trató el fondo del recurso extraordinario: desestimó la queja por extemporánea e intimó al recurrente a acreditar el beneficio de litigar sin gastos o integrar el depósito legal, bajo apercibimiento de ejecución.

  9. Laboral y PrevisionalPrevisional

    AUTOPISTAS DEL SOL S.A. c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - D.G.I. s/IMPUGNACION DE DEUDA

    CSS 013460/2010/CS001Viene de: Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II
    • Desestima el recurso ordinario de apelación y la queja

    La AFIP determinó una deuda por contribuciones patronales al aplicar la alícuota del 21%, correspondiente a empleadores cuya actividad principal es la prestación de servicios. La concesionaria sostuvo que su actividad era la construcción y explotación de una obra pública, por lo que correspondía la tasa del 17%; el Fisco defendió el encuadre más gravoso, apoyándose en que, descontadas las amortizaciones, los ingresos por peajes reflejaban principalmente servicios. La Corte consideró que la concesión combinaba construcción y prestación de servicios, pero observó que la empresa no cuestionó concretamente ese fundamento económico central de la determinación y de la sentencia de cámara. Por falta de crítica suficiente, desestimó el recurso ordinario y la queja, mantuvo el pronunciamiento impugnado e impuso las costas por su orden. Aclaró que el criterio no determina otros casos de concesión similares.

  10. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Recurso Queja Nº 1 - ILIC, SUZAN HAYLEY Y OTROS c/ COMISION NACIONAL DE VALORES s/Apelacion de Resolucion de la Comisión Nacional de Valores

    CCF 021364/2022/1/RH002Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala I
    • Hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y deja sin efecto la sentencia apelada

    La CNV multó a una empresa y a sus directivos y fiscalizadores por incumplimientos formales en libros societarios y contables. La Cámara revocó la sanción por considerar irrazonable la duración del trámite, atribuida principalmente a períodos de inactividad del organismo. La CNV sostuvo que la Cámara computó mal el plazo, aplicó de manera dogmática la doctrina sobre duración razonable y omitió valorar la complejidad, la conducta de las partes y el plazo legal de prescripción. La Corte, remitiéndose al dictamen de la Procuradora Fiscal, acogió la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia; ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, sin resolver definitivamente si la demora vulneró esa garantía ni restablecer aquí la multa.

  11. AdministrativoOriginarios

    TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, PROVINCIA DE c/ ESTADO NACIONAL s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

    CSJ 1801/2019
    • Rechaza la demanda por inexistencia de caso o causa judicial.

    La provincia impugnó el decreto que fijó temporalmente precios y condiciones de pago para las ventas locales de crudo, alegando que reducía la base de cálculo de las regalías y ocasionaba pérdidas fiscales. El Estado Nacional sostuvo que la norma ya había vencido, que las empresas no aplicaron el tipo de cambio fijado y que no existía un perjuicio ni una controversia judicial concreta. Durante el proceso, informes provinciales confirmaron que no hubo daño económico y que las regalías se pagaron con el tipo de cambio vigente. La Corte aceptó el planteo estatal: consideró que, al no acreditarse un interés jurídico inmediato o directo, faltaba un caso que habilitara su intervención. Rechazó la demanda, con costas en el orden causado; no resolvió la constitucionalidad del decreto en el fondo.

  12. AdministrativoAdministrativo

    Asociacion Gremial de Empleados Judiciales de la Provincia de Santa Cruz c/ Poder legislativo de la Provincia de Santa Cruz s/ACCION INCONSTITUCIONALIDAD

    CSJ 000714/2026/RH001Viene de: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Santa Cruz
    • Deja sin efecto la sentencia apelada y rechaza la demanda

    La Legislatura de Santa Cruz amplió de cinco a nueve los integrantes de su Tribunal Superior; una asociación gremial de empleados judiciales impugnó la ley y obtuvo de la justicia provincial su declaración de inconstitucionalidad. La asociación sostuvo que la reforma afectaba intereses laborales y el funcionamiento de las dependencias; quienes recurrieron cuestionaron, entre otros puntos, su legitimación para promover una acción sobre la organización judicial. La Corte Suprema consideró arbitraria la sentencia local: no se acreditó una afectación directa, concreta e inmediata de derechos de los trabajadores, y la defensa general de la independencia judicial no diferenciaba a la asociación del resto de la ciudadanía. Dejó sin efecto el fallo y rechazó la demanda. Dispuso que la ley vigente recobrara plena aplicación y que el tribunal quedara integrado por nueve miembros.