Novedades de la Corte

Acuerdo del 6 de agosto de 2026

Los 11 fallos sustantivos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación firmó ese día, con su resumen. Excluimos inadmisibles, remisiones, honorarios, etc.

  1. PenalPenal

    Recurso Queja Nº 1 - Incidente Nº 11 - IMPUTADO: RIOS EREÑU, HECTOR LUIS Y OTROS s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

    FSA 073084308/1975/TO01/11/1/RH001Viene de: Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal
    • Desestima la presentación directa

    El caso trata la calificación como delito de lesa humanidad del homicidio de Eduardo Fronda y la consiguiente imprescriptibilidad de la acción contra Juan Carlos Alzugaray. La mayoría declaró abstracto el planteo respecto de Ramón Jacinto Vivas, fallecido, y desestimó la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario. En disidencia, Rosatti sostuvo que la sentencia debía fundamentar con especial rigor la existencia, al momento del hecho, de un ataque sistemático o generalizado y la conexión del crimen con ese plan; señaló dificultades en la justificación basada en normas posteriores al hallazgo de los restos, sin resolver definitivamente la cuestión. Lorenzetti también propuso hacer lugar parcialmente. Ambos disidentes habrían dejado sin efecto la sentencia y ordenado un nuevo pronunciamiento; esa no fue la decisión mayoritaria.

  2. Laboral y PrevisionalLaboral

    Recurso Queja Nº 1 - PAGANI, SERGIO LEANDRO EMANUEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

    CNT 037186/2019/1/RH001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II
    • Hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y revoca la sentencia apelada

    El juzgado reconoció al trabajador un 16% de incapacidad y fijó una indemnización con intereses. La aseguradora apeló alegando que el cálculo no respetaba el artículo 12 de la ley de riesgos del trabajo. Aunque la cámara rechazó ese planteo, elevó de oficio la condena al aplicar un piso indemnizatorio actualizado, pese a que el trabajador no había apelado. La aseguradora sostuvo ante la Corte que ese aumento vulneró la congruencia y su derecho de defensa. La Corte consideró que la cámara empeoró la situación de la única apelante y excedió los límites de su competencia, con afectación de garantías constitucionales. Hizo lugar a la queja, admitió el recurso extraordinario y revocó la sentencia; ordenó dictar un nuevo fallo.

  3. OtrosSalud

    F., C. D. c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986

    FPA 004069/2021/CS001Viene de: Cámara Federal de Apelaciones de Paraná
    • Declara procedente el recurso extraordinario y deja sin efecto el fallo apelado

    El afiliado solicitó que OSDE cubriera un implante de condrocitos autólogos para una lesión de cartílago, indicado tras una cirugía previa fallida. El tratamiento incluía dos intervenciones y el procesamiento de una muestra en una clínica de España. La cámara había ordenado cubrirlo, al considerar que tenía aval científico y que el Programa Médico Obligatorio no establece una lista cerrada. OSDE cuestionó, entre otros puntos, la evidencia disponible y la obligación de cubrir prestadores ajenos a su cartilla. La Corte entendió que la cámara omitió valorar que los estudios eran limitados y no definitivos, así como justificar la cobertura fuera de cartilla y en el extranjero. Dejó sin efecto el fallo y devolvió el caso para una nueva decisión, sin resolver el fondo del reclamo; impuso las costas por su orden.

  4. Laboral y PrevisionalPrevisional

    CRESPO, María Eugenia c/ CAJA DE JUBILACIONES s/AMPARO

    CSJ 001750/2025/RH001
    • Desestima los planteos formulados

    Varias actoras interpusieron recursos de revocatoria para que la Corte modificara un pronunciamiento anterior, que había examinado el cumplimiento de los requisitos formales del reglamento para la presentación de recursos. Alegaron que el formato del archivo de texto del recurso federal cambiaría al cargarlo en el sistema provincial. La Corte señaló que sus sentencias solo pueden revisarse por revocatoria, reconsideración o nulidad ante situaciones serias e inequívocas que evidencien claramente un error, y concluyó que no hubo error en la evaluación de los requisitos. Añadió que las actoras no habían expuesto esa circunstancia al presentar sus quejas. Desestimó los planteos y dispuso que se estuviera a lo ya resuelto; no revisó el fondo de los amparos.

  5. AdministrativoAdministrativo

    VILLEGAS, SEBASTIAN ANDRES s/ JURADO DE ENJUICIAMIENTO

    CSJ 002655/2023/RH001Viene de: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia del Neuquén
    • Desestima la queja

    Un jurado provincial destituyó a un juez por mal desempeño, al considerar probadas conductas de acoso sexual, hostigamiento y maltrato laboral hacia una funcionaria, además de deficiencias en la gestión del personal. El magistrado alegó que la revisión local había sido demasiado limitada, que se omitió prueba favorable y que tres integrantes del jurado carecían de imparcialidad por intervenir antes en actuaciones administrativas. La Corte sostuvo que la revisión judicial de las destituciones debe ser acotada: solo procede ante violaciones manifiestas del debido proceso o la defensa, relevantes para cambiar el resultado, sin revisar la valoración política de los hechos. Concluyó que los agravios no lo demostraban y que la instancia provincial los había respondido suficientemente; desestimó la queja, por lo que quedó firme el rechazo del recurso contra la destitución.

  6. AdministrativoAmbiental

    CUENCA RIO PARANA c/ TERNIUM ARGENTINA S.A. (PLANTA GENERAL. SAVIO) s/INC DE MEDIDA CAUTELAR

    FRO 008751/2021/1/CS001Viene de: Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, Sala B
    • Declara la nulidad de la resolución que concedió el recurso extraordinario y devuelve las actuaciones para que se dicte una nueva decisión

    En una demanda por daño ambiental colectivo contra Ternium, la Cámara confirmó parcialmente el rechazo de una medida cautelar: ordenó cesar el depósito de residuos industriales en zonas de bosques nativos y humedales, pero no suspendió los vertidos líquidos al Paraná ni impuso monitoreos de emisiones y calidad del aire. La asociación actora recurrió; sostuvo que permitir los vertidos podía causar un daño irreparable y que se habían omitido pruebas sobre falta de habilitaciones y presencia de metales pesados. La Corte no resolvió esos planteos ambientales: anuló la resolución de la Cámara que concedió el recurso extraordinario, porque sus fundamentos rechazaban la arbitrariedad alegada y no trataban la cuestión federal, en contradicción con la concesión. Devolvió el caso para que se dicte una nueva decisión sobre la admisibilidad del recurso.

  7. Laboral y PrevisionalPrevisional

    Recurso Queja Nº 1 - AYUDARTE CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

    FTU 002294/2009/1/RH001Viene de: Cámara Federal de Tucumán
    • Declara admisible la queja, hace lugar al recurso extraordinario y revoca la sentencia apelada en lo concerniente a la aplicación del régimen local

    El litigio trata sobre la movilidad de una jubilación docente otorgada bajo una ley de Tucumán. La primera instancia, confirmada por la Cámara Federal, ordenó calcular los aumentos conforme al régimen provincial y descartó aplicar las leyes nacionales; ANSES impugnó ese criterio. La Corte consideró formalmente admisible el recurso porque debía interpretar el Convenio de Transferencia entre la Nación y Tucumán. Resolvió que, según sus cláusulas, la Nación asumió el pago de los beneficios provinciales, pero sus movilidades futuras deben regirse por las leyes nacionales 24.241 y 24.463. Por ello revocó la sentencia en cuanto aplicó el régimen local y devolvió el caso para un nuevo pronunciamiento; no fijó allí el haber definitivo.

  8. Laboral y PrevisionalPrevisional

    Incidente Nº 1 - ACTOR: VITALE HECTOR HUGO DEMANDADO: ESTADO NACIONAL - ANSES s/INCIDENTE

    CSS 002182/2021/1/CS001Viene de: Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II
    • Desestima la recusación, el recurso extraordinario y la presentación directa.

    ANSES recurrió la decisión de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había rechazado una recusación contra sus integrantes y considerado improcedente la excusación del juez de primera instancia. Ante la Corte Suprema, solicitó apartar a todos sus miembros y designar conjueces ajenos al Poder Judicial, alegando que estos estaban comprendidos en el régimen jubilatorio discutido. La Corte sostuvo que la recusación era manifiestamente inadmisible: ANSES no identificó un interés personal de los jueces y la causal invocada requiere, según la doctrina citada, un interés económico o pecuniario. Además, señaló que la resolución recurrida no era definitiva ni equiparable. Desestimó la recusación, el recurso extraordinario y la queja por su concesión parcial.

  9. Laboral y PrevisionalPrevisional

    MASUD, MARIA CATALINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

    CSJ 000097/2015/RH001Viene de: Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I
    • Declara parcialmente admisible la queja y procedente en igual medida el recurso extraordinario, y revoca parcialmente la sentencia apelada

    La controversia surgió porque las instancias anteriores ordenaron calcular la movilidad de una pensión conforme a las leyes previsionales de Mendoza y rechazaron aplicar las normas nacionales. La ANSES sostuvo que el Convenio de Transferencia entre la Nación y la provincia regía las futuras movilidades de esos beneficios. La Corte consideró que el convenio dispone que la Nación paga prestaciones reconocidas bajo la ley provincial 3794, pero que sus movilidades posteriores se rigen por las leyes nacionales 24.241 y 24.463; por ello, revocó parcialmente la sentencia en cuanto aplicaba el régimen local. Declaró inadmisibles los demás planteos de la ANSES y devolvió el caso para un nuevo pronunciamiento. No resolvió otros aspectos del reajuste.

  10. AdministrativoOriginarios

    TRANSPORTES ATLANTIDA SAC c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA

    T. 203. XLVII. ORI
    • Hace lugar a la excepción de cosa juzgada y rechaza la demanda; rechaza el incidente de caducidad de instancia.

    La Provincia opuso cosa juzgada y pidió rechazar la acción declarativa de Transportes Atlántida, que cuestionaba el impuesto bonaerense sobre los ingresos brutos por transporte interjurisdiccional durante períodos comprendidos entre 1984 y 2000. Alegó que esos períodos y la obligación fiscal ya habían sido tratados en una acción anterior y en un incidente de verificación de crédito concursal. La empresa sostuvo que el primer fallo había sido formal y no había resuelto el fondo. La Corte rechazó el planteo provincial de caducidad: el expediente estuvo pendiente de una decisión judicial, por lo que la actora no debía impulsarlo. En cambio, comparó integralmente los procesos y concluyó que el crédito por los mismos períodos ya había sido verificado mediante una decisión firme. Hizo lugar a la cosa juzgada y rechazó la demanda, con costas.

  11. AdministrativoOriginarios

    Incidente Nº 1 - ACTOR: CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A. s/INCIDENTE SOBRE TASA DE JUSTICIA

    CSJ 439/2021
    • Rechaza el recurso de reposición e intima a integrar la tasa de justicia restante.

    La actora impugnó la intimación a calcular y completar la tasa de justicia. Sostuvo que, por tratarse de una acción declarativa de inconstitucionalidad, bastaba el monto fijo previsto en el artículo 6° de la ley 23.898 y que no correspondía tomar en cuenta la pretensión fiscal. El Fisco pidió rechazar el planteo. La Corte entendió que la demanda, dirigida a impedir que se gravaran con impuesto inmobiliario los inmuebles afectados al servicio postal y a neutralizar efectos asociados, tiene contenido patrimonial: procura liberar a la actora de una exigencia económica. Por ello, rechazó la reposición, consideró el pago realizado como pago a cuenta e intimó a liquidar el monto imponible e integrar el saldo en diez días, bajo apercibimiento legal.