Novedades de la Corte

Acuerdo del 6 de agosto de 2026

Los 11 fallos sustantivos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación firmó ese día, con su resumen. Excluimos inadmisibles, remisiones, honorarios, etc.

  1. Laboral y PrevisionalLaboral

    Recurso Queja Nº 1 - PAGANI, SERGIO LEANDRO EMANUEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

    CNT 037186/2019/1/RH001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II
    • Hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y revoca la sentencia apelada

    El juzgado reconoció al trabajador un 16% de incapacidad y fijó una indemnización con intereses. La aseguradora apeló alegando que el cálculo no respetaba el artículo 12 de la ley de riesgos del trabajo. Aunque la cámara rechazó ese planteo, elevó de oficio la condena al aplicar un piso indemnizatorio actualizado, pese a que el trabajador no había apelado. La aseguradora sostuvo ante la Corte que ese aumento vulneró la congruencia y su derecho de defensa. La Corte consideró que la cámara empeoró la situación de la única apelante y excedió los límites de su competencia, con afectación de garantías constitucionales. Hizo lugar a la queja, admitió el recurso extraordinario y revocó la sentencia; ordenó dictar un nuevo fallo.

  2. Laboral y PrevisionalPrevisional

    CRESPO, María Eugenia c/ CAJA DE JUBILACIONES s/AMPARO

    CSJ 001750/2025/RH001
    • Desestima los planteos formulados

    Varias actoras interpusieron recursos de revocatoria para que la Corte modificara un pronunciamiento anterior, que había examinado el cumplimiento de los requisitos formales del reglamento para la presentación de recursos. Alegaron que el formato del archivo de texto del recurso federal cambiaría al cargarlo en el sistema provincial. La Corte señaló que sus sentencias solo pueden revisarse por revocatoria, reconsideración o nulidad ante situaciones serias e inequívocas que evidencien claramente un error, y concluyó que no hubo error en la evaluación de los requisitos. Añadió que las actoras no habían expuesto esa circunstancia al presentar sus quejas. Desestimó los planteos y dispuso que se estuviera a lo ya resuelto; no revisó el fondo de los amparos.

  3. Laboral y PrevisionalPrevisional

    Recurso Queja Nº 1 - AYUDARTE CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

    FTU 002294/2009/1/RH001Viene de: Cámara Federal de Tucumán
    • Declara admisible la queja, hace lugar al recurso extraordinario y revoca la sentencia apelada en lo concerniente a la aplicación del régimen local

    El litigio trata sobre la movilidad de una jubilación docente otorgada bajo una ley de Tucumán. La primera instancia, confirmada por la Cámara Federal, ordenó calcular los aumentos conforme al régimen provincial y descartó aplicar las leyes nacionales; ANSES impugnó ese criterio. La Corte consideró formalmente admisible el recurso porque debía interpretar el Convenio de Transferencia entre la Nación y Tucumán. Resolvió que, según sus cláusulas, la Nación asumió el pago de los beneficios provinciales, pero sus movilidades futuras deben regirse por las leyes nacionales 24.241 y 24.463. Por ello revocó la sentencia en cuanto aplicó el régimen local y devolvió el caso para un nuevo pronunciamiento; no fijó allí el haber definitivo.

  4. Laboral y PrevisionalPrevisional

    Incidente Nº 1 - ACTOR: VITALE HECTOR HUGO DEMANDADO: ESTADO NACIONAL - ANSES s/INCIDENTE

    CSS 002182/2021/1/CS001Viene de: Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II
    • Desestima la recusación, el recurso extraordinario y la presentación directa.

    ANSES recurrió la decisión de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había rechazado una recusación contra sus integrantes y considerado improcedente la excusación del juez de primera instancia. Ante la Corte Suprema, solicitó apartar a todos sus miembros y designar conjueces ajenos al Poder Judicial, alegando que estos estaban comprendidos en el régimen jubilatorio discutido. La Corte sostuvo que la recusación era manifiestamente inadmisible: ANSES no identificó un interés personal de los jueces y la causal invocada requiere, según la doctrina citada, un interés económico o pecuniario. Además, señaló que la resolución recurrida no era definitiva ni equiparable. Desestimó la recusación, el recurso extraordinario y la queja por su concesión parcial.

  5. Laboral y PrevisionalPrevisional

    MASUD, MARIA CATALINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

    CSJ 000097/2015/RH001Viene de: Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I
    • Declara parcialmente admisible la queja y procedente en igual medida el recurso extraordinario, y revoca parcialmente la sentencia apelada

    La controversia surgió porque las instancias anteriores ordenaron calcular la movilidad de una pensión conforme a las leyes previsionales de Mendoza y rechazaron aplicar las normas nacionales. La ANSES sostuvo que el Convenio de Transferencia entre la Nación y la provincia regía las futuras movilidades de esos beneficios. La Corte consideró que el convenio dispone que la Nación paga prestaciones reconocidas bajo la ley provincial 3794, pero que sus movilidades posteriores se rigen por las leyes nacionales 24.241 y 24.463; por ello, revocó parcialmente la sentencia en cuanto aplicaba el régimen local. Declaró inadmisibles los demás planteos de la ANSES y devolvió el caso para un nuevo pronunciamiento. No resolvió otros aspectos del reajuste.