Novedades de la Corte

Acuerdo del 14 de mayo de 2026

Los 12 fallos sustantivos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación firmó ese día, con su resumen. Excluimos inadmisibles, remisiones, honorarios, etc.

  1. Laboral y PrevisionalLaboral

    Recurso Queja Nº 1 - HEREDIA, GONZALO EMANUEL (24609) c/ YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO s/DESPIDO

    CNT 026082/2017/1/RH001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala X
    • Hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y deja sin efecto la sentencia apelada

    El trabajador reclamó indemnizaciones por despido; la Cámara laboral reconoció la competencia del fuero y admitió la demanda al considerar probada una relación laboral dependiente, pese a la contratación inicial mediante una universidad y a la posterior revocación de su designación. YCRT sostuvo que la relación estaba sujeta a normas de empleo público y que la desvinculación derivó de actos administrativos dictados conforme al decreto 254/2015; también cuestionó la competencia y el cálculo de intereses. La Corte no resolvió esas cuestiones de fondo: siguiendo el dictamen fiscal, consideró que la Cámara había omitido analizar normas y circunstancias administrativas relevantes, por lo que dejó sin efecto su sentencia y ordenó dictar otra. Admitió la queja y el recurso extraordinario, con costas por su orden.

  2. Laboral y PrevisionalPrevisional

    AUTOPISTAS DEL SOL S.A. c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - D.G.I. s/IMPUGNACION DE DEUDA

    CSS 013460/2010/CS001Viene de: Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II
    • Desestima el recurso ordinario de apelación y la queja

    La AFIP determinó una deuda por contribuciones patronales al aplicar la alícuota del 21%, correspondiente a empleadores cuya actividad principal es la prestación de servicios. La concesionaria sostuvo que su actividad era la construcción y explotación de una obra pública, por lo que correspondía la tasa del 17%; el Fisco defendió el encuadre más gravoso, apoyándose en que, descontadas las amortizaciones, los ingresos por peajes reflejaban principalmente servicios. La Corte consideró que la concesión combinaba construcción y prestación de servicios, pero observó que la empresa no cuestionó concretamente ese fundamento económico central de la determinación y de la sentencia de cámara. Por falta de crítica suficiente, desestimó el recurso ordinario y la queja, mantuvo el pronunciamiento impugnado e impuso las costas por su orden. Aclaró que el criterio no determina otros casos de concesión similares.