Novedades de la Corte

Acuerdo del 12 de marzo de 2026

Los 14 fallos sustantivos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación firmó ese día, con su resumen. Excluimos inadmisibles, remisiones, honorarios, etc.

  1. AdministrativoAdministrativo

    Recurso Queja Nº 1 - AEROLINEAS ARGENTINAS SA Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

    CAF 014646/2020/1/RH001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala I
    • Desestima la presentación directa y declara perdido el depósito

    Aerolíneas Argentinas y otra parte promovieron una medida cautelar autónoma y presentaron un recurso de queja ante la Corte Suprema tras la intervención de la cámara contencioso-administrativa. El extracto no detalla los hechos de fondo, el contenido de la cautelar ni los argumentos de la cámara. La Corte no examinó el mérito de la controversia: consideró que el recurso extraordinario carecía de fundamentación adecuada, porque no explicaba las razones de la interpretación atribuida a las normas federales invocadas ni refutaba los argumentos de la cámara. En consecuencia, desestimó la queja, declaró perdido el depósito y ordenó notificar y archivar. El texto es breve y no permite conocer más sobre el litigio subyacente.

  2. AdministrativoAdministrativo

    Recurso Queja Nº 1 - MALDONADO ESPINOLA, JULIO CESAR c/ DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES s/RECURSO DIRECTO A JUZGADO

    FLP 000577/2022/1/RH001Viene de: Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Sala I
    • Declara la nulidad de las actuaciones realizadas sin la participación de la Dirección Nacional de Migraciones y remite la queja

    La Dirección Nacional de Migraciones canceló la residencia permanente de un migrante, declaró irregular su permanencia y ordenó su expulsión, fundada en una condena penal. La cámara confirmó el rechazo del recurso judicial: entendió aplicable la ley migratoria en su redacción original y consideró que la condena habilitaba la expulsión; también descartó los agravios sobre non bis in idem y reunificación familiar. La Corte no examinó esos planteos de fondo. Al revisar de oficio el procedimiento, constató que Migraciones, demandada en la causa, no había participado en ninguna instancia judicial. Consideró que esa omisión afectó su derecho de defensa y el debido proceso, y declaró nulas las actuaciones realizadas sin su intervención. Devolvió el expediente al tribunal de origen para que le dé el trámite correspondiente.

  3. AdministrativoAdministrativo

    Buyatti, Laura Veronica c/ Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamientos del Chaco Y OTROS s/RECURSO DE QUEJA POR APELACION DENEGADA

    CSJ 000839/2024/RH001Viene de: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco
    • Desestima la presentación directa

    Tras ser destituida como jueza, Buyatti promovió un amparo que fue rechazado por considerar que esa vía no era adecuada, decisión luego confirmada por el Superior Tribunal provincial. También se rechazó un incidente de redargución de falsedad; su apelación local fue declarada tardía y esa conclusión se mantuvo al desestimarse la queja provincial. Ante la Corte, sostuvo su recurso extraordinario federal, cuya denegación motivó esta queja. La Corte señaló que el recurso omitía antecedentes relevantes, no exponía íntegramente los fundamentos impugnados ni los refutaba de modo concreto, por lo que no podía evaluarse la alegada lesión al debido proceso. Aclaró que la naturaleza política de la destitución no dispensa del cumplimiento de las reglas procesales y desestimó la queja, sin resolver el fondo de la destitución.

  4. AdministrativoAdministrativo

    Buyatti, Laura Veronica c/ Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia del Chaco s/Accion de Amparo

    CSJ 000838/2024/RH001Viene de: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco
    • Desestima la presentación directa

    Tras ser destituida de su cargo de jueza, la funcionaria promovió un amparo para impugnar la remoción. La cámara provincial lo rechazó in limine por considerar que esa vía no era adecuada, y el Superior Tribunal local confirmó el rechazo. La Corte no examinó si la destitución ni el rechazo del amparo eran válidos: desestimó la queja porque la recurrente omitió acompañar copias de la decisión apelada y del recurso extraordinario, incumpliendo requisitos reglamentarios. Señaló que esas faltas también impedían demostrar una lesión al debido proceso que habilitara su intervención en la revisión de un juicio político. Aclaró que la naturaleza del procedimiento y la invocación de garantías constitucionales no eximen de cumplir las reglas procesales. La queja fue desestimada y se ordenó archivar.

  5. AdministrativoOriginarios

    TELESISTEMA SRL c/ JUJUY, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA - (EXPEDIENTE DIGITAL)

    CSJ 1828/2021
    • Rechaza el recurso de reposición

    Telesistema SRL interpuso un recurso de reposición contra un pronunciamiento anterior de la Corte Suprema. El extracto no informa cuáles eran los hechos de fondo ni qué cuestión jurídica se debatía en la acción declarativa de certeza; tampoco expone los argumentos de la empresa ni el contenido del pronunciamiento impugnado. La Corte sostuvo que, como regla, sus sentencias definitivas e interlocutorias no pueden modificarse mediante reposición y que en este caso no se presentaban circunstancias estrictamente excepcionales que justificaran apartarse de ese principio. En consecuencia, rechazó el recurso y ordenó notificar. El texto es una resolución procesal breve, por lo que no permite conocer el resultado de la controversia principal.

  6. AdministrativoOriginarios

    MASTELLONE SAN LUIS S.A. c/ CORDOBA, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

    CSJ 5016/2015Viene de: Corte Suprema de Justicia de la Nación
    • Desestima el planteo de revocación

    La empresa pidió que se revocara la decisión que declaró que el caso no correspondía a la competencia originaria de la Corte y ordenó remitirlo a un juzgado provincial con competencia fiscal. La Corte desestimó el planteo: conforme a su jurisprudencia, sus sentencias no pueden revisarse mediante reconsideración, revocatoria o nulidad, salvo que exista un error manifiesto demostrado por circunstancias serias e inequívocas. Consideró que esa excepción no se configuraba. Por tanto, quedó firme la decisión de remitir las actuaciones al juzgado indicado. El texto no expone los argumentos de fondo de la acción declarativa ni permite conocer el criterio sustantivo sobre la constitucionalidad discutida.

  7. AdministrativoAmbiental

    Incidente Nº 3 - ACTOR: FUNDACION BANCO DE BOSQUES PARA EL MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURALES DEMANDADO: EN - PEN - M PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION P Y S Y OTROS s/INC APELACION

    CAF 084273/2016/3/CS001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala I
    • Declara inadmisible el recurso extraordinario

    La Cámara confirmó el levantamiento de la cautelar que había suspendido las obras hidroeléctricas sobre el río Santa Cruz, al considerar cumplido el procedimiento de evaluación ambiental y audiencia pública previsto en la ley 23.879; además, declaró competente a la justicia contencioso-administrativa federal. La fundación impugnó esa decisión mediante recurso extraordinario. La Corte examinó si el levantamiento cautelar podía recurrirse como una sentencia definitiva y concluyó que no: la condición formal para mantener la medida se había cumplido, las objeciones sobre cómo se implementó podían plantearse ante los jueces de la causa y la cautelar era provisoria. Por ello, declaró inadmisible el recurso, sin resolver el fondo del litigio, y pidió a los tribunales inferiores que resuelvan pronto los planteos pendientes. También señaló que ciertos informes técnicos incorporados podrían contribuir a ese examen.