OROÑO, BERNABE c/ ANSES s/ORDINARIO
El litigio versa sobre la recomposición de una jubilación y la aplicación del artículo 49 de la ley 18.037. La instancia anterior había reconocido la recomposición, pero la Cámara confirmó el fallo y rechazó las pretensiones del jubilado al entender que la Corte había convalidado esa norma y que debía seguirse el precedente citado. La Corte precisó que dicho precedente exige evitar el uso de coeficientes para determinar el haber inicial y resguardarlo mediante la aplicación estricta del índice del nivel general de las remuneraciones hasta abril de 1995. Por ello, declaró parcialmente procedente el recurso, dejó sin efecto la sentencia en ese alcance y ordenó dictar un nuevo fallo. La denuncia de hecho nuevo fue inadmitida, sin impedir un planteo posterior en la instancia ordinaria.