Novedades de la Corte

Acuerdo del 11 de junio de 2026

Los 14 fallos sustantivos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación firmó ese día, con su resumen. Excluimos inadmisibles, remisiones, honorarios, etc.

  1. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Recurso Queja Nº 4 - GAGLIARDO, MARIANO Y OTRO c/ K.M.B. S.A. s/ORDINARIO

    COM 007437/2022/4/RH001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala D
    • Desestima la presentación directa

    La recurrente invocó un grave riesgo para ejercer su defensa y solicitó que se aplicaran los efectos provisionales del beneficio de litigar sin gastos mientras se tramitaba ese pedido. La Corte señaló que puede reconocer esos efectos cuando esperar la resolución del beneficio implique un peligro grave, y por esa razón admitió tratar la queja. Sin embargo, la desestimó porque excedía el límite de páginas establecido por el reglamento. Aclaró que el reconocimiento de la gratuidad previsto en la ley 26.485 debe solicitarse ante el juzgado de primera instancia y requirió informar periódicamente sobre ambos trámites, bajo apercibimiento de intimar al pago del depósito exigido para la queja. No resolvió el fondo del litigio.

  2. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Recurso Queja Nº 1 - NONNA, FLAVIA ANGELA JUANA Y OTROS c/ CORDOBA, MARIA CECILIA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

    CIV 060677/2019/1/RH001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala D
    • Hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y revoca la sentencia apelada

    La Cámara revocó la indemnización por un accidente de tránsito porque entendió que la actora había afirmado estar en la vereda como peatón, aunque luego surgió que estaba en una motocicleta, y que no probó el hecho tal como lo había planteado. La actora alegó que la demanda no precisaba si estaba a pie o en la moto, que la demandada reconoció la colisión y que no se acreditó una eximente de responsabilidad. La Corte consideró arbitraria la sentencia: la demanda solo decía que el automóvil la había embestido; las pruebas no respaldaban que condujera la moto, y la cámara no explicó cómo la falta de licencia habría roto totalmente el nexo causal, especialmente frente al reconocimiento de que el auto perdió el control sobre el asfalto mojado. Hizo lugar a la queja, revocó el fallo y ordenó dictar uno nuevo.

  3. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    GUZMAN, VIVIANA MABEL Y OTRO/A c/ INSEGNA, DANIEL OSCAR Y OTRO/A s/daños y perjucios autom. c/ lesiones o muerte

    CSJ 000668/2023/RH001Viene de: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires
    • Hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y deja sin efecto la sentencia apelada

    Tras un choque que lesionó a dos motociclistas, la sentencia de primera instancia condenó a los responsables y extendió la condena a la aseguradora, pero su parte dispositiva no precisó el límite contractual de cobertura. La compañía sostuvo que había invocado el seguro y acompañado la póliza, que fijaba un máximo de cuatro millones de pesos, y que el fallo debía aclarar que respondía conforme al contrato. Los tribunales provinciales rechazaron sus planteos por considerarlos tardíos o insuficientemente fundados. La Corte Suprema entendió que esa respuesta omitió examinar argumentos y pruebas relevantes y resultó arbitraria. Hizo lugar a la queja, dejó sin efecto la sentencia provincial y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento; no resolvió definitivamente el alcance ni el monto de la cobertura.

  4. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Recurso Queja Nº 2 - GARRO DIEGO ALBERTO Y OTRO c/ CARDOZO RICARDO MANUEL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

    CIV 053397/2009/2/RH003Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala H
    • Hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y revoca la sentencia apelada

    Tras una decisión previa de la Corte que había ordenado aplicar su criterio en “Latino” sobre la constitucionalidad del límite de responsabilidad por costas del artículo 730 del Código Civil y Comercial, la cámara volvió a declarar inconstitucional la norma porque el prorrateo de honorarios superaba una reducción del 30%, que consideró confiscatoria. La aseguradora alegó que ese criterio desconocía tanto los precedentes de la Corte como lo resuelto anteriormente en esta causa. La Corte sostuvo que la cámara se había apartado inequívocamente de su decisión previa: “Latino” no supeditó la validez de la norma a un porcentaje máximo y distinguió el límite a la responsabilidad del condenado en costas del monto de los honorarios. Hizo lugar a la queja, admitió el recurso extraordinario, revocó la sentencia y cargó las costas a la contraparte. No resolvió otros aspectos del litigio por daños.

  5. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Recurso Queja Nº 2 - ENSINCRO S.R.L. c/ BANCO SANTANDER RIO S.A. s/ORDINARIO

    COM 026898/2018/2/RH002Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala F
    • Hace lugar a la queja y declara parcialmente procedente el recurso extraordinario; deja sin efecto la sentencia apelada en cuanto al cómputo de intereses sobre el lucro cesante.

    La empresa demandó al banco por la frustración de un proyecto de importación de maquinaria financiado mediante leasing y crédito, luego de la devaluación de diciembre de 2015. La cámara confirmó la responsabilidad del banco y las indemnizaciones por daño emergente, lucro cesante y pérdida de chance; además, dispuso intereses sobre el lucro cesante desde el cese de las operaciones. El banco cuestionó su responsabilidad, la existencia y cuantía de los daños y el inicio de esos intereses. La Corte consideró inadmisibles los planteos sobre responsabilidad e indemnizaciones, pero acogió el agravio relativo a los intereses: según el artículo 1748 del Código Civil y Comercial, corren desde que se produce cada perjuicio, no automáticamente desde el cese, pues las ganancias proyectadas requerían etapas posteriores. Dejó sin efecto parcialmente la sentencia y ordenó dictar una nueva.

  6. Civil, Comercial y ConsumoConsumo

    SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO- MINISTERIO DE DESARROLLO Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

    CAF 032587/2019/CS001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala III
    • Desestima el recurso extraordinario

    El sindicato reclamó que se abonara el aporte del 1% de las utilidades de los juegos explotados en la Ciudad de Buenos Aires, destinado a promover la actividad sindical. La cámara consideró que la pretensión no impugnaba un acto administrativo ni identificaba una norma cuya constitucionalidad cuestionara, por lo que exigía agotar previamente la vía administrativa nacional; además, al quedar desvinculado el Estado Nacional y tratarse de normas locales, admitió la incompetencia federal. El sindicato sostuvo ante la Corte que había agotado la vía local y que la participación nacional justificaba la competencia federal. La Procuradora Fiscal observó que el recurso no rebatía concreta y razonadamente los fundamentos de la cámara. La Corte compartió ese dictamen y desestimó el recurso extraordinario, con costas; no resolvió el fondo del reclamo.