Recurso Queja Nº 4 - GAGLIARDO, MARIANO Y OTRO c/ K.M.B. S.A. s/ORDINARIO
La recurrente invocó un grave riesgo para ejercer su defensa y solicitó que se aplicaran los efectos provisionales del beneficio de litigar sin gastos mientras se tramitaba ese pedido. La Corte señaló que puede reconocer esos efectos cuando esperar la resolución del beneficio implique un peligro grave, y por esa razón admitió tratar la queja. Sin embargo, la desestimó porque excedía el límite de páginas establecido por el reglamento. Aclaró que el reconocimiento de la gratuidad previsto en la ley 26.485 debe solicitarse ante el juzgado de primera instancia y requirió informar periódicamente sobre ambos trámites, bajo apercibimiento de intimar al pago del depósito exigido para la queja. No resolvió el fondo del litigio.