Recurso Queja Nº 1 - Incidente Nº 19 - IMPUTADO: ZUÑIGA, ARIEL s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
La defensa cuestionó la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y la constitucionalidad de esa norma, luego de que se denegara el recurso extraordinario. La Corte consideró extemporáneo el planteo de inconstitucionalidad: sostuvo que debía formularse al interponer el recurso y, en su caso, reiterarse en la queja, pues era previsible que se aplicara el artículo. Además, declaró inadmisible el recurso extraordinario y desestimó tanto el planteo constitucional como la presentación directa. Un voto agregó que esa desestimación no confirma ni afirma la justicia o el acierto de la decisión recurrida; por ello, no hubo pronunciamiento sobre el fondo. Se intimó a acreditar el beneficio de litigar sin gastos o pagar el depósito, bajo apercibimiento de ejecución.