Novedades de la Corte

Acuerdo del 13 de agosto de 2026

Los 12 fallos sustantivos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación firmó ese día, con su resumen. Excluimos inadmisibles, remisiones, honorarios, etc.

  1. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Recurso Queja Nº 5 - ADRE, MARCELO BRAHIN c/ ALVAREZ, JOSE EZEQUIEL Y OTRO s/ESCRITURACION

    CIV 029326/2018/5/RH001
    • Desestima el pedido de devolución del depósito.

    El recurrente pidió que se le devolviera el depósito efectuado para interponer la queja, sosteniendo que las ejecuciones de honorarios debían recibir el mismo tratamiento que las ejecuciones fiscales, exentas del pago según la ley de tasas judiciales. La Corte rechazó el pedido: entendió que la obligación de depositar solo cede para quienes están expresamente exentos de sellado o tasa judicial, y que esas excepciones deben interpretarse restrictivamente. Consideró que la controversia sobre la nulidad de una regulación de honorarios no encuadraba en los supuestos legales de exención, incluida la norma invocada sobre honorarios. Como efecto procesal, desestimó la devolución y dispuso que los autos continuaran según su estado.

  2. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Recurso Queja Nº 1 - CRAMER 2274 SRL c/ EDENOR SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

    CAF 052232/2022/1/RH001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala II
    • Hace lugar a la queja, declara admisible el recurso extraordinario y deja sin efecto la decisión apelada

    Una empresa reclamó a la distribuidora eléctrica el reintegro de los gastos de construcción de una cámara transformadora exigida para suministrar energía al inmueble. La primera instancia reconoció el reclamo; la Cámara elevó el capital usando el valor actualizado de la obra al momento de una pericia y mantuvo intereses desde la fecha en que quedó habilitada. La demandada sostuvo que aplicar intereses con componente inflacionario desde esa fecha sobre un capital ya actualizado duplicaba la actualización y producía un resultado desproporcionado. La Corte consideró arbitrario ese cálculo: según el criterio de “Barrientos”, no corresponde aplicar retroactivamente una tasa que compensa la inflación a un importe fijado a valores actuales para ese período. Admitió la queja y el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, sin resolver definitivamente el monto debido.

  3. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Recurso Queja Nº 1 - ALVAREZ, JOSE MANUEL c/ ALVAREZ, JOSE EZEQUIEL s/SIMULACION

    CIV 018032/2018/1/RH001
    • Desestima la solicitud de devolución del depósito.

    El letrado de la parte actora pidió que se le devolviera el depósito realizado para tramitar el recurso de queja. Sostuvo que las ejecuciones de honorarios debían equipararse a las ejecuciones fiscales, exentas del depósito por la ley 23.898. La Corte rechazó el pedido: explicó que la obligación del artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial solo cede para quienes están expresamente exentos del pago de sellado o tasa judicial, y que esas excepciones se interpretan restrictivamente. Consideró que el supuesto no estaba comprendido en la ley 23.898 ni en el artículo 54 de la ley 27.423. El efecto fue mantener el depósito y archivar la presentación; el texto no informa una decisión sobre el fondo de la queja.

  4. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    CARELLI, ENRIQUE ANTONIO Y OTRO c/ AEROLINEAS ARGENTINAS SA Y OTROS s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

    CCF 017903/2022/1/CS001Viene de: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal n° 3
    • Desestima la denuncia por retardo de justicia

    Los actores presentaron una queja por retardo de justicia, alegando demora en un expediente que tramita ante un juzgado nacional de primera instancia en lo civil y comercial federal. La cuestión era si esa demora podía ser revisada por la Corte mediante esa vía. El tribunal sostuvo que la queja no procede cuando el retraso denunciado corresponde a una causa pendiente ante un juzgado de primera instancia y que, en este caso, tampoco se advertía una situación de privación de justicia que justificara encauzar la denuncia por otra vía legal. En consecuencia, desestimó la presentación y ordenó notificar y archivar. El extracto no informa el estado ni las circunstancias concretas de la demora en el expediente principal.

  5. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    OLIVERA, ARIADNA NERINA c/ TRIUNFO SEGUROS s/RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL

    CSJ 000471/2021/RH001Viene de: Sala Primera de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza
    • Desestima la presentación directa

    El litigio llegó a la Corte por una queja de la aseguradora, luego de que los tribunales mendocinos trataran como excepción previa y rechazaran su defensa de prescripción. La demandada intentó recurrir extraordinariamente esa decisión. La Corte concluyó que el pronunciamiento impugnado no era definitivo ni equiparable, porque el juicio podía continuar y una sentencia posterior podía disipar el agravio; si no lo hacía, la cuestión podría plantearse entonces, sujeto a los demás requisitos de procedencia. Por esa razón, desestimó la queja, declaró perdido el depósito y ordenó devolver las actuaciones y archivar. El fallo no resuelve si la prescripción era procedente ni el fondo del litigio.

  6. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Malaret, Carlos Mariano c/ Marquesini, Facundo Y OTRO s/Incidente de Desindexación

    CSJ 002761/2024/RH001Viene de: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza
    • Desestima la queja

    El abogado del actor presentó una queja ante la Corte Suprema invocando la facultad de actuar como gestor procesal, que permite intervenir sin acreditar inicialmente la representación conforme al artículo 48 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. La Corte observó que el letrado ya había utilizado esa facultad al interponer el recurso extraordinario federal y que la norma solo permite ejercerla una vez durante el proceso. Por ello, concluyó que no se cumplían los requisitos para actuar válidamente como gestor y desestimó la queja; ordenó notificar y archivar. La decisión es procesal: el texto no aborda el fondo del incidente de desindexación ni resuelve sus cuestiones sustantivas.