MUTUAL DE AYUDA ENTRE FERROVIARIOS ACTIVOS Y JUBILADOS DE LA FRATERNIDAD SECCIONAL PERGAMINO FC MITRE c/ MUNICIPALIDAD DE PERGAMINO s/PRETENSION DECLARATIVA DE CERTEZA
Una mutual impugnó la tasa municipal de inspección de seguridad e higiene: sostuvo que estaba exenta por la ley de mutuales, que el municipio no prestaba el servicio y que el monto, calculado sobre sus ingresos, no guardaba proporción con su costo. Tras perder en las instancias provinciales, la Corte Suprema admitió la queja y el recurso extraordinario, y dejó sin efecto la sentencia, sin resolver definitivamente si la tasa era inválida ni si correspondía la exención. La mayoría entendió que la prestación del servicio debe probarla el municipio y cuestionó que se tuviera por acreditada mediante inspecciones posteriores al inicio del juicio. También afirmó que la tasa debe guardar una relación razonable con el costo del servicio y que no basta exigir prueba de confiscatoriedad. Ordenó dictar un nuevo fallo; Rosatti coincidió y consideró insuficientes las inspecciones posteriores.