Novedades de la Corte

Acuerdo del 23 de septiembre de 2026

Los 11 fallos sustantivos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación firmó ese día, con su resumen. Excluimos inadmisibles, remisiones, honorarios, etc.

  1. AdministrativoAdministrativo

    ASOCIACION CIVIL POR LA IGUALDAD Y LA JUSTICIA c/ GCBA s/amparo

    CSJ 001465/2020/RH001Viene de: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
    • Declara la nulidad de la sentencia apelada y ordena dictar un nuevo pronunciamiento

    Una asociación promovió un amparo colectivo al denunciar que niñas y niños de tres distritos porteños socioeconómicamente vulnerables tenían menos acceso a escuelas públicas de jornada completa. Las instancias anteriores ordenaron medidas para ampliar la oferta, pero el tribunal superior local rechazó el recurso de la asociación mediante votos que, según esta, interpretaron incorrectamente normas educativas y no remediaron la desigualdad. La Corte Suprema no resolvió esos agravios ni determinó si hubo discriminación: examinó de oficio la validez formal del fallo local. Concluyó que sus integrantes no compartieron fundamentos y decisiones suficientes para formar una mayoría, pues algunos analizaron el fondo y otros rechazaron por motivos formales. Declaró nula la sentencia y devolvió el caso para que se dicte una nueva.

  2. AdministrativoAdministrativo

    JUNTOS POR CAMBIO - CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES - s/INCIDENTE DE APELACION - CAUSAS ELECTORALES - RECONOCIMIENTO DE ALIANZA/OFICIALIZACION DE CANDIDATOS

    CSJ 001478/2023/RH001Viene de: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
    • Desestima la queja

    Una electora impugnó la precandidatura a jefe de Gobierno porteño por considerar que el postulante no reunía los cinco años de residencia exigidos por la Constitución local. Los tribunales de la Ciudad rechazaron el planteo por razones de oportunidad y legitimación: entendieron que los electores podían impugnar ante la junta partidaria, pero que solo las listas podían recurrir sus decisiones. La recurrente alegó que ese sistema impedía el acceso a la justicia y reiteró sus objeciones sobre la residencia. La Corte desestimó la queja: consideró que la controversia dependía de normas electorales locales y que no se probó arbitrariedad ni relación directa con las normas federales invocadas. No resolvió definitivamente el requisito de residencia; el voto de Lorenzetti señaló que la interpretación local no era la única posible y cuestionó su ajuste literal. La precandidatura quedó sin revisión federal.