TECNOCAMPO S.A. c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/IMPUGNACION DE DEUDA
La AFIP determinó diferencias de aportes patronales porque consideró que, para ciertos períodos, correspondía aplicar la alícuota general y no la reducida utilizada por la empresa. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró desierta la apelación de la contribuyente por falta de integración del depósito previo, decisión que esta recurrió extraordinariamente. Durante el trámite ante la Corte, la empresa acreditó haberse acogido a un régimen de regularización y afirmó haber cancelado las obligaciones; la AFIP confirmó que no quedaba deuda pendiente. La Corte entendió que, extinguida la deuda, las cuestiones del recurso habían perdido actualidad y que no correspondía resolver su mérito. Declaró inoficioso tratar el recurso extraordinario e impuso las costas.