Novedades de la Corte

Acuerdo del 29 de septiembre de 2026

Los 9 fallos sustantivos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación firmó ese día, con su resumen. Excluimos inadmisibles, remisiones, honorarios, etc.

  1. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Recurso Queja Nº 3 - SANCHEZ, CANDELA c/ NUÑEZ, MARIANA ALEJANDRA s/MEDIDAS PRECAUTORIAS

    CIV 021686/2020/3/RH002Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala K
    • Hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y deja sin efecto la sentencia apelada

    La actora pidió que se retiraran publicaciones que la aludían en redes y que se prohibieran futuras referencias, alegando hostigamiento y daños a su honor, intimidad, salud y actividad comercial. La jueza concedió la medida y la Cámara la confirmó; la demandada sostuvo que la orden constituía censura previa y vulneraba la libertad de expresión. La Corte consideró que la prohibición era vaga, amplia y no identificaba los contenidos ilícitos ni ponderaba adecuadamente los derechos en conflicto. Reafirmó que las restricciones preventivas a la expresión requieren justificación excepcional, estricta y específica. Hizo lugar a la queja, admitió el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia, ordenando un nuevo pronunciamiento. No resolvió si las publicaciones eran ilícitas ni el fondo del reclamo.

  2. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    QUINTEROS, HECTOR ANDRES c/ FACEBOOK ARGENTINA S.R.L. s/AMPARO LEY 16.986

    FLP 025923/2017/CS001Viene de: Cámara Federal de La Plata, Sala II
    • Declara parcialmente procedente el recurso extraordinario y revoca la sentencia apelada en cuanto ordena revelar la información para identificar al usuario.

    El actor promovió hábeas data por una publicación en Facebook que incluía su imagen y pidió su eliminación y la identificación de quien la creó. La Cámara revocó la orden de retirar la imagen, pero mantuvo la entrega de datos identificatorios; Facebook cuestionó, entre otros puntos, su legitimación y alegó que identificar al usuario excedía lo pedido y afectaba la libertad de expresión. La Corte rechazó por inadmisible el planteo de falta de legitimación y revocó únicamente la condena de revelar la identidad, sin resolver si correspondía conceder esa información: ordenó un nuevo pronunciamiento que examine el alcance de la pretensión y las garantías involucradas. El voto de Lorenzetti sostuvo además que Facebook Argentina está legitimada por la relación de consumo, la apariencia jurídica y obligaciones concurrentes.