Novedades de la Corte

Acuerdo del 7 de mayo de 2026

Los 16 fallos sustantivos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación firmó ese día, con su resumen. Excluimos inadmisibles, remisiones, honorarios, etc.

  1. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Recurso Queja Nº 2 - CARDOZO MARIA Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

    CIV 059010/2010/2/RH001Viene de: Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
    • Desestima la presentación directa y declara perdido el depósito

    En un juicio por daños derivados de un accidente de tránsito, la aseguradora citada en garantía cuestionó ante la Corte la tasa de interés, la inoponibilidad de la franquicia y el aumento de las indemnizaciones. La Corte distinguió esos planteos: señaló que los dos primeros se habían decidido en primera instancia y quedaron firmes porque la apelación de la aseguradora fue declarada desierta; por ello, no podían reabrirse sin afectar la cosa juzgada. Respecto de los montos indemnizatorios, consideró que el recurso carecía de fundamentación autónoma. En consecuencia, desestimó la queja, declaró perdido el depósito y ordenó notificar y archivar. La decisión no revisó el fondo de esos agravios, sino que rechazó su tratamiento por razones procesales.

  2. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Banco de Corrientes S.A. c/ Ruiz, Sebastian Pablo s/ACCION AUTONOMA DE NULIDAD

    CSJ 002561/2023/RH001Viene de: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes
    • Desestima la presentación y declara perdido el depósito

    En el marco de una acción autónoma de nulidad, se presentó ante la Corte un recurso de hecho cuya firma electrónica correspondía únicamente al abogado patrocinante. La Corte observó que el letrado no invocó poder de representación ni actuación en los términos del artículo 48 del Código Procesal Civil y Comercial, y que no constaba la firma ológrafa del recurrente: solo se había incorporado una imagen. Consideró que la firma del patrocinado era un requisito esencial y que su ausencia convertía la presentación en un acto jurídico inexistente, imposible de convalidar posteriormente. Por ello, desestimó la presentación y declaró perdido el depósito. El pronunciamiento no examina el fondo de la acción ni resuelve la controversia que originó el recurso.

  3. Civil, Comercial y ConsumoConsumo

    CENCOSUD SA c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO s/RECURSO QUEJA (OEX)

    CCF 010953/2021/CS001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala II
    • Declara inoficioso el tratamiento de los agravios sobre la inconstitucionalidad del artículo 22 de la ley 22.802 y desestima los restantes agravios

    El Estado Nacional impugnó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 22 de la ley 22.802, dictada por la cámara en el marco de una controversia por una multa de $160.000 impuesta a Cencosud. La empresa había pagado la sanción antes de presentar la impugnación judicial, según señaló la Corte. Por ello, el tribunal consideró innecesario tratar el agravio estatal: no advirtió un perjuicio derivado de aquella declaración de inconstitucionalidad cuando la multa cuestionada ya había sido abonada. Respecto de los demás agravios, no examinó el fondo y los desestimó por inadmisibles, con fundamento en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. También intimó al Estado a efectuar el depósito legal y ordenó archivar la queja.