VERON, MATIAS s/IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA
La Corte aplicó la doctrina de “Di Mascio” y señaló que, ante hechos cometidos en un contexto de género, debe observarse una diligencia reforzada que comprende revisar si la sentencia es arbitraria. No se describen los hechos del caso ni los motivos de la decisión impugnada, por lo que el extracto no permite conocer el conflicto de fondo. El Procurador General del Chubut había promovido la queja; la mayoría la admitió, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia del Superior Tribunal provincial, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a esos criterios. El presidente Rosatti y el vicepresidente Rosenkrantz disintieron: consideraron que el recurso carecía de fundamentación autónoma y propusieron desestimar la queja.