Novedades de la Corte

Acuerdo del 29 de octubre de 2026

Los 17 fallos sustantivos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación firmó ese día, con su resumen. Excluimos inadmisibles, remisiones, honorarios, etc.

  1. Laboral y PrevisionalLaboral

    ENCINA, HILDA ZULEMA (23819) c/ ART INTERACCION S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

    CNT 098478/2016/CS001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala IV
    • Declara procedente el recurso extraordinario y deja sin efecto la sentencia apelada

    La Cámara del Trabajo había declarado inconstitucional la prohibición de actualizar deudas y ordenado reajustar las prestaciones por accidente laboral según el IPC, más un interés del 3%. La aseguradora cuestionó esa decisión mediante recurso extraordinario. La Corte consideró que el recurso era formalmente admisible y que la sentencia de Cámara tenía una fundamentación aparente: empleó razones genéricas, invocó la protección contra el despido arbitrario pese a tratarse de un siniestro laboral y no examinó la posible aplicación de normas específicas del régimen de riesgos del trabajo sobre ajuste de prestaciones y accesorios. Por ello, revocó la sentencia y ordenó dictar un nuevo fallo, sin resolver cómo deben calcularse finalmente las sumas ni decidir en el fondo la cuestión de actualización. Impuso las costas por su orden.

  2. Laboral y PrevisionalLaboral

    Recurso Queja Nº 1 - VERA, JOSE ANTONIO c/ ASOCIART ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

    CNT 012093/2017/1/RH001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala I
    • Hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y deja sin efecto la sentencia

    Tras sufrir graves lesiones en un accidente laboral, el trabajador reclamó una indemnización bajo el régimen de riesgos del trabajo y, subsidiariamente, el derecho común. La primera instancia reconoció incapacidad física, pero no daño psicológico; la Cámara añadió este último y elevó la condena, infiriéndolo de la minusvalía y del riesgo de vida. La ART alegó que esa conclusión contrariaba la pericia, que descartaba secuelas psíquicas. La Corte consideró arbitrario el fallo: se apartó de la prueba técnica sin explicar por qué, no respondió de manera fundada a las impugnaciones del trabajador ni determinó el tipo y porcentaje de incapacidad psicológica. Dejó sin efecto la sentencia y ordenó dictar una nueva, sin resolver si corresponde reconocer ese daño.

  3. Laboral y PrevisionalLaboral

    ACOSTA, HUGO ALBERTO c/ PROVINCIA ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

    CNT 014862/2020/CS001Viene de: Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
    • Declara la nulidad del auto de concesión del recurso extraordinario federal y ordena dictar una nueva decisión sobre el punto

    La Cámara laboral dispuso que el ingreso base mensual para calcular la indemnización por el accidente se actualizara, desde el siniestro hasta el inicio de la demanda, según la variación del índice RIPTE; también ordenó capitalizar intereses semestralmente desde la notificación de la demanda. La aseguradora cuestionó en un recurso extraordinario la aplicación del DNU 669/2019 y esa capitalización. La Corte no resolvió esos planteos de fondo: observó que la Cámara concedió el recurso invocando precedentes que no se relacionaban directamente con los agravios, sin examinarlos circunstanciadamente. Por falta de fundamentación, anuló el auto que había concedido el recurso y devolvió el expediente para que la Cámara dicte una nueva decisión sobre su concesión.

  4. Laboral y PrevisionalLaboral

    Recurso Queja Nº 1 - Recurso Queja Nº 1 - ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO c/ ESTADO NACIONAL PODER EJECUTIVO NACIONAL s/ACCION DE AMPARO

    CNT 019424/2025/1/1/RH002Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala IV
    • Declara inoficioso un pronunciamiento en las quejas y exime a la recurrente del depósito

    La Asociación de Trabajadores del Estado promovió un amparo para impugnar una disposición del DNU 340/2025. El Estado presentó quejas ante la Corte por decisiones adoptadas en distintas incidencias, relativas al efecto de una apelación, la competencia y una medida cautelar. Mientras esos recursos estaban pendientes, ambas cámaras del Congreso rechazaron el decreto y el Poder Ejecutivo dictó otro que restituyó la vigencia de las normas afectadas; la Cámara laboral consideró abstracta la cuestión de fondo. La Corte entendió que, al haber desaparecido el conflicto actual, no correspondía examinar los agravios ni los requisitos de los recursos extraordinarios. Declaró inoficioso pronunciarse en las quejas, eximió al Estado del depósito y ordenó archivar.

  5. Laboral y PrevisionalLaboral

    B., C. M. Y OTROS c/ SILMON S.A. Y OTROS s/daños y perjuicios

    CSJ 001339/2022/RH001Viene de: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires
    • Hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y deja sin efecto la sentencia apelada

    Tras la muerte de un trabajador, incorporado por su empleador apenas dos días antes del accidente, sus familiares reclamaron daños a las empresas y a la ART. El tribunal laboral atribuyó responsabilidad civil a la aseguradora por incumplir deberes preventivos y concedió, además, una indemnización a los padres. La ART sostuvo que no conocía la contratación y cuestionó la causalidad, la reparación y la extensión del daño; la corte provincial rechazó su recurso local. La Corte Suprema consideró que esa respuesta limitó injustificadamente la revisión: no constaba que la contratación hubiera sido denunciada a la ART, el breve lapso exigía examinar qué prevención era posible y tampoco se esclareció cómo ocurrió el accidente ni su nexo causal con omisiones de la aseguradora. Dejó sin efecto la sentencia y ordenó dictar otra, sin resolver los agravios restantes ni el fondo definitivo.

  6. Laboral y PrevisionalLaboral

    Recurso Queja Nº 1 - MEIER, HUGO NORBERTO c/ LA CUMBRE SAN LUIS S.A. s/DESPIDO

    CNT 004438/2018/1/RH001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala I
    • Hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y revoca la sentencia apelada

    El trabajador reclamó indemnizaciones por despido indirecto tras denunciar que, pese a asumir dos gerencias, cobraba menos que algunos colegas y que la empresa no justificó objetivamente la diferencia. La primera instancia admitió parcialmente la demanda y la cámara confirmó, al considerar acreditada una disparidad salarial injustificada. La empleadora alegó ante la Corte que las gerencias diferían en personal, presupuesto, funciones y grado de tercerización, por lo que el trabajo no era equivalente. La Corte no resolvió si la diferencia salarial era legítima: juzgó arbitraria la sentencia porque la cámara no examinó esos planteos conducentes ni comparó responsabilidades y recursos de las gerencias. Hizo lugar a la queja, revocó el fallo y ordenó dictar uno nuevo.

  7. OtrosSalud

    F. M. D. C. EN REP. DE F. R. J. C. c/ I.O.S.P.E.R. s/ACCION DE AMPARO

    CSJ 001195/2022/CS001Viene de: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos
    • Declara procedente el recurso extraordinario y deja sin efecto la sentencia apelada

    La primera instancia ordenó al IOSPER cubrir integralmente una internación durante 2022. La obra social apeló y pidió revocar esa decisión; mientras el recurso seguía pendiente, la actora informó que la prestación se había cumplido y solicitó declarar abstracta la controversia. El tribunal provincial así lo resolvió, con costas a la demandada, sin dar traslado de esa presentación. El IOSPER sostuvo que cumplir por efecto devolutivo no implicaba allanarse y que mantenía interés en la apelación. La Corte consideró arbitrario el fallo provincial: omitió ponderar los agravios y el efecto del recurso, y privó a la obra social de responder. Dejó sin efecto la sentencia y ordenó dictar una nueva; no resolvió el fondo del amparo.

  8. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    DALINGER, LEA VIUDA DE LEISS Y OTROS c/ MER & CAG S.A. s/ORDINARIO - ACCION DE NULIDAD DE HIPOTECA Y SUBASTA JUDICIAL

    CSJ 001889/2019/RH001Viene de: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos
    • Desestima la presentación directa y declara perdido el depósito

    La primera instancia había anulado la hipoteca y la subasta de un inmueble donado, al entender que el incumplimiento del cargo precedió a esos actos; la cámara revocó esa decisión porque los terceros compradores en subasta, a título oneroso y de buena fe, no habían intervenido en el juicio previo que revocó la donación. Los actores alegaron que la revocación tenía efectos retroactivos, que los compradores no reunían esos requisitos y que se desconoció la cosa juzgada. La Corte no resolvió nuevamente la validez de la hipoteca o la subasta: consideró inadmisible la queja, pues los agravios remitían a cuestiones de hecho y derecho común o procesal y no demostraban arbitrariedad. Añadió que no había identidad de partes para oponer la cosa juzgada y desestimó la presentación directa, con pérdida del depósito.

  9. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Recurso Queja Nº 4 - ASOCIACION DE CLINICAS Y SANATORIOS DE LA PCIA DE ENTRE RIOS c/ INSTITUTO NAC DE SERV SOC PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

    CCF 007203/2014/4/RH002Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala II
    • Hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario y deja sin efecto la decisión apelada

    La Cámara elevó los honorarios del abogado de la actora por tareas atribuidas a la ejecución de la sentencia y confirmó los regulados por la ejecución de honorarios. La demandada sostuvo que no hubo ejecuciones, sino el trámite administrativo para pagar deudas consolidadas; también objetó las costas y, subsidiariamente, cuestionó que los montos fueran desproporcionados y contrarios a la ley aplicable. La Corte no resolvió si correspondían esas objeciones ni fijó honorarios: consideró arbitraria la decisión porque la Cámara calificó las actuaciones como ejecuciones y determinó los emolumentos sin responder los agravios planteados. Hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto el fallo y ordenó dictar uno nuevo, con costas.

  10. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    EL LINCE SRL. s/CONCURSO PREVENTIVO

    CSJ 003282/2025/RH001Viene de: Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán
    • Desestima la presentación directa

    En un incidente de revisión promovido por la AFIP en el concurso preventivo, la Corte provincial mantuvo regulaciones de honorarios dictadas en 2024. La AFIP intentó impugnarlas mediante recursos de revocatoria y luego un recurso extraordinario federal; denegado este, presentó una queja ante la Corte Suprema. El Tribunal sostuvo que el plazo para interponer el recurso extraordinario es perentorio y no se suspende ni interrumpe por la presentación de otros recursos que se declaran improcedentes. Como las decisiones cuestionadas eran las de 2024 y el recurso extraordinario se presentó en 2025, lo consideró extemporáneo. Desestimó la queja e intimó a la recurrente a efectuar el depósito legal; no trató el fondo de la controversia sobre honorarios.

  11. Civil, Comercial y ConsumoCivil - Comercial

    Recurso Queja Nº 2 - MARTINEZ ACEVEDO, FAUSTA c/ CORVALAN OLIVERA, CARLOS DANIEL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.

    CIV 030403/2018/2/RH001Viene de: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala A
    • Hace lugar a la queja, declara parcialmente procedente el recurso extraordinario y deja sin efecto el pronunciamiento impugnado

    En un juicio por daños derivados de una intervención quirúrgica, la Cámara elevó sustancialmente varias indemnizaciones y fijó intereses a tasa activa. Las aseguradoras alegaron que la Cámara había excedido lo pedido: en su apelación, la actora solicitó topes concretos de $3.000.000 por incapacidad y $1.500.000 por daño moral, pero recibió $17.000.000 por cada rubro; también cuestionaron la tasa de interés. La Corte entendió que, tras la prueba y la sentencia de primera instancia, esos montos fueron pedidos sin reservas y limitaban la jurisdicción de alzada. Superarlos vulneró la congruencia y las garantías de defensa y propiedad, por lo que descalificó ese pronunciamiento por arbitrariedad. Admitió la queja y parcialmente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia y ordenó dictar una nueva; declaró inadmisibles los restantes agravios, incluida la impugnación de intereses.

  12. AdministrativoAdministrativo

    Recurso Queja Nº 1 - Incidente Nº 2 - MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL c/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO s/INC APELACION

    FMZ 008426/2024/2/1/RH002Viene de: Cámara Federal de Mendoza, Sala A
    • Declara inoficioso emitir un pronunciamiento

    La Municipalidad obtuvo una medida cautelar vinculada con desembolsos para una obra; el Estado Nacional apeló y, denegado el recurso federal, presentó una queja ante la Corte. Alegó que había pagado las sumas requeridas cautelarmente y que la pretensión se había vuelto abstracta, aunque luego sostuvo que mantenía interés porque la actora no había desistido. La Corte aplicó el criterio de que debe considerar las circunstancias existentes al resolver y no pronunciarse sobre controversias sin objeto actual. Tuvo en cuenta que el pago se había efectuado y que las partes habían alcanzado un acuerdo, homologado en primera instancia, por lo que la cautelar ya había cumplido su finalidad. Declaró inoficioso resolver la queja, eximió al Estado del depósito y ordenó archivar.

  13. Tributario y BancarioTributario - Bancario

    Recurso Queja Nº 1 - Incidente Nº 2 - ACTOR: CIGARRILLOS & TABACO S.A. DEMANDADO: AFIP DGI - ESTADO NACIONAL s/INC APELACION

    FSA 003513/2020/2/1/RH001Viene de: Cámara Federal de Apelaciones de Salta, Sala II
    • Hace lugar a la queja, declara formalmente admisible el recurso extraordinario y revoca la sentencia apelada

    La Cámara había concedido parcialmente una cautelar a Cigarrillos & Tabaco: suspendió la exigencia de declarar el impuesto mediante un aplicativo que impedía liquidar por debajo del mínimo legal y ordenó permitir la autodeterminación y la entrega de instrumentos fiscales. La AFIP cuestionó esa medida por falta de acreditación de los requisitos cautelares, posible afectación de la recaudación y anticipo del resultado del juicio. La Procuradora consideró que reformas legales posteriores eliminaron el impuesto mínimo discutido y que un nuevo aplicativo volvió abstracta la controversia; aun así, propuso revocar la cautelar para evitar un gravamen injustificado. La Corte remitió a ese dictamen, admitió formalmente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada. Por tanto, no resolvió los agravios de fondo de la AFIP.

  14. Civil, Comercial y ConsumoConsumo

    UNION DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ REPSOL Y OTRO s/REPETICIÓN

    FLP 007102/2004/CS001Viene de: Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Sala I
    • Declara procedente el recurso extraordinario, deja sin efecto la sentencia apelada y rechaza la demanda

    La asociación reclamó, en representación de consumidores, la restitución de montos que YPF habría cobrado de más por la venta de gas licuado entre 1993 y 1999. La Cámara había reconocido daños por abuso de posición dominante, rechazado las defensas de prescripción y falta de legitimación, y dispuesto una reparación colectiva. YPF cuestionó, entre otros puntos, la prescripción y la aptitud de la asociación para representar al grupo. La Corte, siguiendo el dictamen de la Procuradora Fiscal, dejó sin efecto la sentencia y rechazó la demanda: consideró que la clase estaba definida de modo impreciso y era demasiado heterogénea, en particular por la intervención de intermediarios y otros proveedores, lo que impedía verificar efectos comunes y delimitar los alcances de la acción colectiva. No resolvió el fondo del reclamo por daños. Sin imposición especial de costas.ueden

  15. Civil, Comercial y ConsumoConsumo

    DNM c/ AEROLINEAS ARGENTINAS S.A - EX 14239562/18 s/PROCESO DE EJECUCION TRIBUTARIA

    CAF 022774/2024/CS001Viene de: Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias n.º 6
    • Deja sin efecto la concesión del recurso extraordinario y remite las actuaciones para que se sustancie y se resuelva sobre su admisibilidad

    La Dirección Nacional de Migraciones promovió una ejecución tributaria contra Aerolíneas Argentinas. El juzgado se declaró incompetente al considerar aplicable la ley 19.983 y entender que el Poder Judicial no podía intervenir; Migraciones interpuso recurso extraordinario, que fue concedido sin dar traslado previo a la contraparte. La Corte no resolvió si el juzgado era competente ni examinó el fondo del recurso. Adoptó el criterio de que omitir el trámite previsto en el artículo 257 del Código Procesal Civil y Comercial, sin justificación, afecta la validez del pronunciamiento. Por ello dejó sin efecto la concesión y devolvió las actuaciones para sustanciar el recurso y decidir luego sobre su admisibilidad.

  16. AdministrativoOriginarios

    ESTABLECIMIENTO LAS MARIAS S.A.C.I.F.A. c/ INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE (INYM) s/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA E INCONSTITUCIONALIDAD

    CSJ 1800/2024
    • Declara inoficioso un pronunciamiento en las actuaciones.

    La empresa impugnó las restricciones a nuevas plantaciones de yerba mate establecidas por el INYM y ratificadas por el entonces Ministerio de Agricultura. Sostuvo que eran permanentes, pese a que la reglamentación solo permitiría imponer limitaciones temporarias, y pidió que se declararan inconstitucionales. Luego, ambas resoluciones fueron derogadas. La actora mantuvo su interés alegando que su actividad podría volver a verse afectada si perdía vigencia el DNU 70/2023. La Corte consideró que ese riesgo era hipotético: una acción declarativa exige una controversia actual y concreta, y las normas cuestionadas ya no estaban vigentes. Por ello declaró inoficioso pronunciarse y ordenó archivar la causa; no resolvió la constitucionalidad de las normas.

  17. AdministrativoOriginarios

    ASOCIACION DE PRODUCTORES MOLINEROS DE CORRIENTES c/ INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

    FCT 000435/2022/CS001Viene de: Juzgado Federal de Paso de los Libres
    • Declara inoficioso un pronunciamiento e impone las costas en el orden causado

    La asociación actora impugnó las normas que limitaban la superficie de nuevas plantaciones de yerba mate, alegando que afectaban sus derechos a trabajar, ejercer una industria lícita y usar y disponer de la propiedad. El Instituto Nacional de la Yerba Mate pidió rechazar el amparo y, tras derogar las restricciones junto con el ministerio competente, sostuvo que la controversia había quedado abstracta. La actora y Misiones estuvieron de acuerdo; Corrientes había adherido originalmente al reclamo. La Corte no examinó la constitucionalidad de las normas: aplicó el criterio de que debe resolver según las circunstancias vigentes y no emitir pronunciamientos sobre conflictos sin objeto actual. Declaró inoficioso decidir el caso, impuso las costas en el orden causado y dispuso archivar las actuaciones.